ARTICULO 12 – RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD FISCAL Y BUENAS PRÁCTICAS DE GOBIERNO
La venta de activos fijos deberá destinarse a financiar erogaciones de capital.
(Artículo incorporado por art. 11 de la Ley N° 27.428 B.O. 2/1/2018. Vigencia: a partir del 1° de enero de 2018. Para aquellas jurisdicciones que adhieran con posterioridad, la vigencia comenzará a regir a partir de la fecha de adhesión.)
El cumplimiento del artículo 12 ° de la Ley de Responsabilidad Fiscal se encuentra reflejado en el correspondiente informe de cada período evaluado.