Los miembros del Comité Ejecutivo representantes de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejercen sus funciones durante un año y su integración se efectúa, en forma rotativa, con dos representantes por cada uno de los siguientes grupos, de acuerdo al orden que en cada uno de ellos se establece:
Grupo A: Formosa, Entre Ríos, Chaco, Corrientes, Misiones, Santa Fe.
Grupo B: Jujuy, Tucumán, La Rioja, Santiago del Estero, Catamarca, Salta.
Grupo C: Río Negro, Santa Cruz, Chubut, Tierra del Fuego, La Pampa, Neuquén.
Grupo D: San Juan, Mendoza, Buenos Aires, Córdoba, San Luis, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.